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Nuevas Perspectivas

RRHH

León Piasek: El nuevo código es regresivo en lo laboral

Fecha: Lunes 00 de Noviembre de 0000

El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas dice que el nuevo Código Civil?y Comercial no defiende a los trabajadores, y que es un paso atrás en materia de justicia

Regresivo en lo laboral y con impacto judicial para los trabajadores. Así define la Asociación de Abogados Laboralistas al nuevo Código Civil y Comercial, según su presidente, León Piasek. Y asegura que hasta que entre en vigor van a seguir debatiendo sobre las cuestiones que entienden que dan un paso atrás en materia de justicia laboral. El código podría comenzar a regir a partir de agosto de 2015.
 
Uno de los temas más criticados es el de orden de prioridad con que las leyes son consideradas. "Antes, cuando se veía qué normas eran más importantes entre laborales y civiles o laborales y comerciales, prevalecía el orden público laboral. Esta reforma invierte este paradigma instalado y que la Corte Suprema ha confirmado en los últimos años en fallos repetidos. Ahora se equiparan las normas laborales, con las civiles y comerciales", dice Piasek en referencia al artículo 963 del nuevo Código.
 
El abogado también señala que, a diferencia del anterior, el nuevo Código establece que sus disposiciones no resultan aplicables al Estado y sus funcionarios, y que todo lo referente a su responsabilidad frente a las personas estará regulado exclusivamente por las reglas y los principios del derecho administrativo. Así se afecta a los trabajadores estatales "que usan las reglas del Código Civil en sus reclamos para hacer responsable a la administración pública por los accidentes de trabajo que sufren en sus lugares de trabajo".
 
-¿Cuánto dura en promedio hoy un juicio laboral?
 
-En Capital, en promedio un juicio laboral dura entre tres y cuatro años, dependiendo del juzgado que salga en suerte. Hay que ver si tiene juez titular o es subrogado, y que un mismo juez puede tener hasta tres juzgados a su cargo. Hay casos que podrían reducirse entre 3 y 6 meses, por ejemplo los despidos sin causa que deberían tener trámite sumarísimo. Hay asignaturas pendientes como reformar la ley procesal en temas laborales. Por suerte, ahora se empezó a dar ese debate.
 
-En el caso de las franquicias hay una cuestión de solidaridad que se ve afectada.
 
-En relación a contratos de franquicias es una vuelta atrás respecto del artículo 30 de la ley de contrato de trabajo, que aunque insuficiente crea responsabilidad solidaria entre el contratante y contratista. Ahora desliga la responsabilidad a quien otorga la franquicia en relación a los empleados del franquiciado. Por ejemplo, con la modificación del Código si un café otorga una franquicia, ante el cierre de un café franquiciado o si hay deudas laborales o en el caso de un accidente, los empleados de ese café franquiciado no pueden reclamar al franquiciante.
 
-Hay un cambio también respecto de los viajantes de comercio.
 
-Se deroga prácticamente la mayor parte del estatuto del viajante de comercio, que es una ley que protege especialmente a esos trabajadores. Se transforma al viajante de comercio en un trabajador autónomo o independiente. Se reitera con asiduidad la idea de trabajador autónomo, independiente, que no tiene relación laboral. A la vez, este agente que supuestamente es independiente recibe instrucciones de quien lo contrata, lo que es un dato fundamental en un contrato de trabajo para ver si hay relación de dependencia. También recibe una remuneración, elemento fundamental para distinguir cuando hay contrato de trabajo y cuando hay contrato de locación o de otra naturaleza, civil o comercial. Se le da preaviso, otro instituto del trabajo. Y se lo indemniza por clientela, que es un instituto que hoy está en el estatuto del viajante, que es de naturaleza laboral. Esto va a traer muchos conflictos. Es una confusión y es extraño ver en un Código Civil y Comercial este tipo de normas.
 
-¿Qué impacto estima en la justicia laboral?
 
-En la justicia nacional de trabajo de nuestra ciudad hay 30 vacantes en los juzgados nacionales de primera instancia. Ya hay una demora importante y ahora se empeoró por la introducción de un nuevo sistema informático que no funciona. Esto va a traer más litigiosidad. Habrá muchos casos, como el de viajante de comercio que va a plantear la existencia de un contrato de trabajo, por los temas de solidaridad que antes hablábamos y por los consorcios. Se va a repetir la litigiosidad que hubo en los 90. Pero ésta no es una patología, no hay industria del juicio, sino del incumplimiento de normas laborales, previsionales y tributarias. Se litiga porque la ley de riesgos del trabajo tiene muchos problemas para ser aplicada, porque hay un 34% de trabajadores no registrados, hay mucho incumplimiento de las pequeñas y medianas empresas, y también de las grandes respecto de respetar los convenios colectivos de trabajo. A eso se suma que empezó a haber más despidos discriminatorios, antisindicales.
 
 
Fuente: La Nación