Negocios
Mercados de carbono: el Lado B, oportunidades y riesgos en el nuevo mapa mundial
Fecha: Martes 11 de Marzo de 2025
La demanda internacional podría multiplicar el tamaño de los mercados de carbono por hasta 12 veces para 2030, y hasta 83 veces para 2050.
Daniel Barneda 25 febrero de 2025
El mercado de carbono se ha consolidado como una herramienta esencial en la lucha contra el cambio climático. En la última COP 29, celebrada en diciembre de 2024, se alcanzaron avances significativos en la creación de nuevos mercados internacionales de carbono.
"Las proyecciones apuntan a que la demanda internacional podría multiplicar el tamaño de los mercados de carbono entre 7 y 12 veces para 2030, y hasta entre 45 y 83 veces para 2050", explica Marcelo Taboada, Director y Responsable de Certificación de Nideport, empresa desarrolladora de proyectos de carbono y uno de los más de 50 miembros de la Mesa Argentina de Carbono.
Y señala que "las empresas que apuestan por proyectos de carbono de alta calidad no solo demuestran su compromiso con la mitigación del cambio climático, sino que también se posicionan frente a los nuevos requerimientos del mercado. Estos incluyen la demanda de productos con menores huellas de carbono y el cumplimiento de obligaciones gubernamentales y acuerdos internacionales".
Los proyectos de carbono se agrupan en tres categorías principales:
Reducción de Emisiones: Incluye proyectos de energía renovable (solar, eólica, hidroeléctrica), eficiencia energética y captura de carbono (CCS).
Remoción de Carbono: Soluciones basadas en la naturaleza (reforestación, conservación de bosques), agricultura regenerativa, y tecnologías como Direct Air Capture (DAC).
Emisiones Evitadas: Proyectos como la prevención de la deforestación (REDD+) y la gestión de residuos.
Estos proyectos no solo contribuyen a la reducción de emisiones, sino que generan otros beneficios, como la mejora de la calidad del aire, la creación de empleo y la conservación de ecosistemas.
Según Taboada, "los créditos de carbono, generados por estos proyectos, pueden ser adquiridos tanto por empresas como por individuos para compensar sus emisiones. Estos créditos se comercializan en dos tipos de mercados: regulados y voluntarios".
En el primer grupo las empresas deben cumplir con las regulaciones impuestas por los gobiernos regionales, nacionales o internacionales. En el segundo, las empresas compran créditos de carbono de forma voluntaria, para cumplir con metas internas de sostenibilidad o responsabilidad social corporativa (RSE).
COP29 y el Artículo 6 del Acuerdo de París
Durante la COP29, se definieron importantes lineamientos para el comercio internacional de créditos de carbono. El Artículo 6 del Acuerdo de París establece mecanismos de cooperación internacional para reducir las emisiones globales de manera más eficiente. A través de este artículo, los países firmantes pueden intercambiar créditos de carbono para cumplir con sus compromisos de reducción de emisiones (NDCs).
Taboada advierte sobre las diferencias clave entre los diferentes mercados:
Mercado Voluntario de Carbono: Participación no obligatoria, regulado por estándares privados como Verra o Gold Standard.
Mercados Regulados (ETS): Obligatorio para ciertos sectores, con regulaciones locales o internacionales.
Artículo 6 del Acuerdo de París: Mecanismos colaborativos entre países para reducir las emisiones globales, con un marco regulado por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).
"Aunque cada tipo de mercado tiene su propia unidad de transacción, la interacción entre ellos es posible y está permitida, especialmente en sistemas que permiten la inclusión de créditos voluntarios en mercados regulados. Esto permite una mayor flexibilidad para alcanzar los objetivos climáticos globales", remarca.
Y concluye: "El mercado voluntario de carbono, los mercados regulados y los mecanismos del Artículo 6 del Acuerdo de París son enfoques complementarios en la lucha contra el cambio climático. Mientras el mercado voluntario permite a las empresas asumir un rol activo en la reducción de emisiones, el sistema regulado garantiza el cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales, y el Artículo 6 ofrece una plataforma global para la cooperación y el comercio de créditos de carbono".
Fuente: eleconomista.com